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Mostrando entradas de noviembre, 2017

LA ORGANIZACIÓN JUDICIAL, DOMINICANA

Generalidades El Poder Judicial es uno de los tres poderes del gobierno de la nación y se ejerce por la Suprema Corte de Justicia y los demás tribunales del orden judicial creados por la Constitución y las leyes. La Constitución consagra al Poder Judicial, desde el artículo 63 hasta el 77, reformados en 1994.   El Código de Procedimiento Civil no incluye la organización judicial, limitándose a establecer las reglas de la competencia de las jurisdicciones y las que conciernen al desarrollo de la instancia. La organización judicial tiene cuatro fuentes principales: la Constitución, la Ley 821 de 1927 sobre Organización Judicial, la Ley de Carrera Judicial y el Código de Procedimiento Civil con las leyes adjetivas que lo modifican y completan. Actos jurisdiccionales Actos jurisdiccionales: Son aquellos mediante los cuales el juez decide una contestación surgida entre dos o más partes quienes esgrimiendo argumentos divergentes basados en la ley, pretenden la re...